ACTUALIZACIÓN COVID-19: INCREMENTO TEMPORAL DEL MONTO DEL SEGURO DE DESEMPLEO Y PRESTACIONES DE LA LEY DE PROTECCIÓN AL EMPLEO
El 30 de junio de 2020, a través de mensaje Presidencial firmado conjuntamente con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se presentó un proyecto de ley que busca flexibilizar transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones del seguro de desempleo de la ley 19.728, con motivo de la pandemia por COVID-19, perfeccionando los beneficios de la ley de Protección al Empleo 21.227.
El mensaje da su fundamento en que, como consecuencia de las cuarentenas decretadas por la pandemia, el aumento en los despidos ha requerido la implementación de mecanismos de protección frente al desempleo, ya sea mediante la dictación de la ley N° 21.227 para trabajadores formales, como también mediante transferencias económicas directas desde el Fisco (como la dictación de la ley N° 21.230, que concede un Ingreso Familiar de Emergencia), y a través de mecanismos de liquidez financiera que establece beneficios para los trabajadores independientes, contenidos en la ley N° 21.242. Además, menciona la implementación de la Ley de Teletrabajo, favoreciendo el trabajo a distancia.
En este contexto, la iniciativa legal presenta tres medidas concretas: a) Establecer el derecho de los trabajadores afiliados al seguro de la ley Nº 19.728 que se encuentren cesantes o que quedaran cesantes después de haber percibido algunas de las prestaciones de la ley Nº 21.227, a acceder a las prestaciones del Seguro de Desempleo; b) Aumentar el monto de las prestaciones asociadas al seguro estableciendo, de manera transitoria, tablas con cobertura de beneficios por cesantía que reemplacen las tablas regulares de los artículos 15 y 25 de la ley 19.728, permitiendo una cobertura sostenida no inferior al 55% de la remuneración promedio del trabajador a partir del segundo mes y; c) Complementar la protección de la ley 21.227, aplicando a las prestaciones por suspensión del contrato de trabajo las nuevas tablas de cobertura del Seguro de Desempleo de la ley 19.728, sin distinguir el tipo de contrato de trabajo de los trabajadores.
Escríbenos a contacto@stiepovich.cl para mayor información y consultas sobre los detalles y alcances de este proyecto de ley y su aplicación práctica.
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