INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN EN EL TELETRABAJO Y TRABAJO A DISTANCIA.
Durante los primeros días de octubre de 2020, en concordancia con lo establecido en la ley 21.220 que regula las condiciones específicas de salud y seguridad en el teletrabajo, la Superintendencia de Seguridad Social, a través del oficio 3049 de la Intendencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, estableció el instrumento de autoevaluación que deben responder los trabajadores desempeñándose en modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, con el fin de que el empleador pueda elaborar la matriz de riesgos y el programa de prevención que exige la ley referida. Además, la entidad incorporó un diagrama de flujo que facilita el entendimiento de la aplicación de la normativa.
El documento fue el resultado de una mesa de trabajo conformada por representantes de la Subsecretaría de Previsión Social, de la Dirección del Trabajo, de los organismos administradores del Seguro de la Ley 16.744 (mutuales) y de la SUCESO. Las autoridades instruyeron su difusión debido a que el instrumento debe ser completado por todas las personas que se encuentran bajo la modalidad de trabajo a distancia y/o teletrabajo.
El documento referido se divide en dos secciones. La primera, de 18 preguntas, busca identificar los peligros presentes en el puesto de trabajo en específico, ya sean de carácter ergonómico, físico, químico, biomecánico, psicosocial y en seguridad. Por ello, cuestiona situaciones como el conocimiento de situaciones de emergencia de origen natural por parte del trabajor, las características mínimas necesarias que debe contar la silla que se utiliza a fin de no sobrecargar la espalda, o si el trabajador cuenta con la información y retroalimentación sobre las metas asociadas al ejercicio de sus funciones por parte del empleador, entre muchas otras.
La segunda parte, de catorce preguntas, incluye interrogantes para la identificación de quellos peligros que, si bien no son inherentes a las tareas propiamente tales de los trabajadores y trabajadoras, deben ser conocidas por estos y podrán ser igualmente considerados para la confección de una matriz y programa de riesgos preventivo. Por ejemplo, cuestiona si el espacio de trabajo se encuentra limpio y ordenado, si el sistema eléctrico del lugar de trabajo presenta problemas evidentes, o si la iluminación de dicho lugar se encuentra exenta de reflejos.
Con todo, este instrumento goza de una vital importancia para las nuevas exigencias a la modalidad de teletrabajo o trabajo a distancia respecto a las condiciones mínimas de salud y seguridad, por lo que su aplicación y seguimiento deberá ser parte de la planificación obligatoria del área de recursos humanos y prevensión de riesgos de todas las empresas que cuenten con parte de su personal bajo estos sistemas de trabajo.
Escríbenos a contacto@stiepovich.cl para mayor información y consultas sobre los detalles y alcances de este instrumento y su aplicación práctica.
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